El Estado Federal y la preservación y manejo de áreas de singular importancia ambiental.
Palabras clave:
áreas protegidas, federal, parque nacional, monumento, reserva, interjurisdiccionalResumen
En materia ambiental, el art. 41 de la Constitución Nacional establece que “las autoridades proveerán (…), a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la
información y educación ambientales”. La creación, administración, protección y gradual ampliación del Sistema Federal de Áreas Naturales Protegidas, es una respuesta concreta de las autoridades federales, al mandato constitucional aludido.
Las categorías de manejo ambiental que integran en Argentina, el Sistema Federal de Áreas Naturales Protegidas son el Parque Nacional, el Monumento Natural, la Reserva Nacional y la Red de Reservas Naturales (Reserva Natural Estricta, Reserva Natural
Silvestre y Reserva Natural Educativa).
Recientemente el Sistema aludido se ha visto complementado, con la creación de dos nuevas categorías de manejo ambiental: la Reserva Natural Militar y el Parque Interjurisdiccional Marino-Costero.
En el presente trabajo se analizan los principales aspectos administrativo-legales, que tipifican a cada una de las categorías de manejo ambiental, que conforman o complementan el Sistema Federal de Áreas Naturales Protegidas.
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