Atribución de responsabilidad internacional en el Derecho Internacional de las Inversiones: los TBI
Palabras clave:
derecho internacional público, derecho dnternacional de las inversiones, tratado bilateral de inversiones, entidades subnacionales, responsabilidad internacional, jurisprudencia ciadiResumen
El objetivo de este trabajo de investigación es analizar las fuentes del Derecho Internacional Público en el proceso de consolidación de normas relativas a la responsabilidad de los Estados: la Resolución 56/83 de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre Responsabilidad del Estado por Hechos Internacionalmente Ilícitos (en adelante, A/RES/56/83 o simplemente “Resolución”) como codificación de la costumbre internacional en varias de sus disposiciones, la fuente convencional, a través del análisis del Derecho Internacional de las Inversiones y, en particular, de los Tratados Bilaterales de Inversiones, y, finalmente de la jurisprudencia del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (en adelante, CIADI) como fuente verificadora. En la actualidad, no existe atribución de subjetividad internacional a las entidades subnacionales. De tal manera, la regulación internacional en materia de Tratados Bilaterales de Inversión (en adelante, TBI) favorece la atribución de responsabilidad internacional al Estado por decisiones de los funcionarios provinciales y así lo verifica la jurisprudencia del CIADI.
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