El plazo para expedir decretos reglamentarios

Autores/as

  • Joaquín Gutiérrez Martínez Universidad de Buenos Aires

Palabras clave:

separación de poderes, reglamentación de la ley, potestad reglamentaria, omisión reglamentaria, inconstitucionalidad por omisión

Resumen

El presente trabajo toma como punto de partida el proyecto de ley N° 1215-D-2023, presentado en 2023 en la Cámara de Diputados de la Nación, que tiene por objeto regular el plazo para que el Presidente ejercite la potestad reglamentaria. Luego de analizar principios básicos del ordenamiento constitucional argentino, como son la separación de poderes y el sistema de frenos y contrapesos establecido en la Constitución Nacional, como asimismo de un enfoque textualista-histórico-utilitarista, se concluye que el proyecto de ley no sólo resulta ser de nula utilidad, sino que avanza sobre atribuciones propias y exclusivas del Presidente en su calidad de titular de la potestad reglamentaria. Asimismo, se esbozarán algunas soluciones alternativas a la omisión reglamentaria.

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Biografía del autor/a

Joaquín Gutiérrez Martínez, Universidad de Buenos Aires

Estudiante.

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Publicado

2024-07-01

Cómo citar

Gutiérrez Martínez, J. (2024). El plazo para expedir decretos reglamentarios. Lecciones Y Ensayos, (112). Recuperado a partir de http://revistas.derecho.uba.ar/index.php/revistalye/article/view/2794