Fetichismo legal e ignorancia de la realidad sociolegal en el Peru
Palabras clave:
Perú, Fetichismo legal, Comunidades campesinas, Derechos de los pueblos indígenasResumen
A partir del análisis de diversos proyectos de ley destinados a modificar el artículo 149 de la Constitución peruana de 1993 sobre la coordinación entre el sistema de justicia estatal y la jurisdicción especial reconocida a las comunidades indígenas y campesinas del país, este artículo intenta demostrar que el legislador peruano aún parte de una fuerte concepción formalista de la realidad. Aunque la Constitución reconoce la vitalidad de los sistemas de justicia comunitarios, en la práctica existen varios conflictos originados en su coexistencia con la jurisdicción estatal. Los intentos del gobierno por gestionar la diversidad étnica y cultural peruana se pueden catalogar como manifestaciones de "fetichismo legal", el cual define al derecho como una institución mágica, separada, independiente, apartada de los fenómenos sociales y que, en la práctica, produce reformas legislativas redundantes y confusas que carecen de sustento empírico. Esto se puede evidenciar a lo largo del análisis de los proyectos de ley mencionados en el presente artículo. Estas microrreformas innecesarias demuestran que el legislador peruano aún se encuentra atascado en el nominalismo normativo y en un grave desconocimiento de los objetos de regulación de sus propias normas: en este caso, la complejidad legal de la jurisdicción concedida a las comunidades indígenas y campesinas.
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