Reflexiones en torno a la responsabilidad internacional del Estado por actos de empresas: una mirada desde el derecho internacional de los derechos humanos
Palabras clave:
atribución, debida diligencia, empresas, responsabilidad internacional, derechos humanosResumen
Existen desarrollos en torno a la adopción de normas de derechos humanos vinculantes para las empresas, aunque no existen instancias internacionales ante las que las víctimas puedan efectuar reclamos para considerarlas internacionalmente responsables por su violación. Asimismo, desde la adopción de los Artículos sobre Responsabilidad de los Estados por Hechos Internacionalmente Ilícitos, codificadas y desarrolladas por la Comisión de Derecho Internacional en el año 2001, se han desarrollado estándares en torno a la responsabilidad de los Estados por actos ilícitos de empresas, difícilmente encuadrables en los supuestos contemplados en los artículos 2, 5 y 8 de los Artículos sobre Responsabilidad del Estado por Hechos Internacionalmente Ilícitos. En ese marco, el concepto de “debida diligencia”, desarrollado por los órganos de protección internacional de derechos humanos, resulta adecuado para determinar si el hecho internacionalmente ilícito de una empresa resulta atribuible al Estado de manera tal de dar una respuesta al reclamo de las víctimas.
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Citas
CLAPHAM, Andrew. (2006). Human Rights Obligations of Non-state Actors. New York: Oxford University Press.
CRAWFORD, James (2009). Artículos Sobre Responsabilidad Del Estado Por Hechos Internacionalmente Ilícitos. Biblioteca Audiovisual de las Naciones Unidas. Recuperado de: http://legal.un.org/avl/pdf/ha/rsiwa/rsiwa_s.pdf.
CRAWFORD, James (2013). Organs and entities exercising governmental authority. En Crawford James. (Ed.), State Responsibility: The General Part (pp. 113-140). Cambridge: Cambridge University Press.
FORSYTHE, David (2012) Human Rights in International Relations. Cambridge, Cambridge University Press.
FRIEDMAN, Wolfgang (1969), General Course in Public International Law, 127 Recueil de Cours 39, 122.
GONZÁLEZ NAPOLITANO, Silvina Sandra (2015). Responsabilidad internacional del Estado por Actos Ilícitos. En González Napolitano, Silvina Sandra (Ed.). Lecciones de Derecho Internacional Público (pp. 303-324). Buenos Aires: Errepar.
GONZÁLEZ NAPOLITANO, Silvina Sandra (2013). La responsabilidad internacional del estado por violación de los derechos humanos: sus particularidades
frente al derecho internacional general. Avellaneda. SGN Editora.
HIGGINS, Rosalyn (1978). Conceptual Thinking About the Individual in
International Law. En British Journal of International Studies, Vol. 4, No. 1, pp.1-19.
LUSTIG, Doreen (2020). Veiled Power: International Law and the Private
Corporation, 1886-1981. Oxford, Oxford University Press.
MCDOUGAL, Myres (1953). International Law, Power and Policy: A Contemporary Conception, Vol. 82 Collected Courses of the Hague Academy of International Law.
MELISH, Tara (2018). Volver a incluir los derechos humanos en los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos. Cambiar de marco e incorporar los derechos de participación. En Rodríguez Garavito Carlos. (Ed.), Empresas y Derechos Humanos en el siglo XXI, (pp.117-148). Buenos Aires. Siglo Veintiuno Editores.
MUCHLINSKI, Peter (2021). Multinational Enterprises and the Law. Cambridge University Press. New York.
O´BRIEN, Claire Methven. (2018). Business and Human Rights. A handbook for legal practitioners. Recuperado de: https://rm.coe.int/business-and-humanrights-a-handbook-of-legal-practitioners/168092323f.
Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. (2011). Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos. Puesta en Práctica del marco de las Naciones Unidas para proteger, respetar y remediar. Recuperado de:
https://www.ohchr.org/documents/publications/guidingprinciplesbusinesshr_sp.pdf
PETERS, Anne (2016). Beyond Human Rights. The Legal Status of the Individual in International Law. Cambridge: Cambrige University Press.
PINTO, Mónica (2020) El derecho internacional consuetudinario, las empresas y los derechos humanos. En La Ley 2020-B. 27 de abril de 2020, pp. 1-7.
RUGGIE, John G. (2017). “The Social Construction of the UN Guiding Principles on Business and Human Rights.” Recuperado de:
SANDRI FUENTES, Annabella (2014). “Negocios y derechos humanos: La
responsabilidad de los Estados cuando intervienen empresas
multinacionales en la violación de derechos humanos”. En Rey S.A (Ed.)., Los Derechos Humanos en el Derecho Internacional. (pp. 213-228). Buenos Aires. Infojus.
Jurisprudencia
Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones, EDF (Services) Limited v. Romania, (8 de octubre 2009), Caso No. ARB/05/13.
Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones, Gustav F W Hamester GmbH & Co KG v. Republica de Ghana, (18 de junio de 2010), Caso No. ARB/07/24.
Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones, Lao Holdings N.V. v. Republica Democrática Popular Lao, (10 de junio de 2015), Caso No. ARB(AF)/12/6.
Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones, Tulip Real Estate and Development Netherlands B.V. v. Republica de Turquía, (10 de marzo de 2014), Caso No. ARB/11/28.
Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones, Electrabel S.A. v. Republica de Hungría, (25 de noviembre de 2015), Caso No. ARB/07/19.
Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones, Ampal American Israel Corporation y otros v. República Árabe de Egipto (Caso No. ARB/12/11, (21 de febrero de 2017).
Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones, Unión Fenosa Gas,S.A. vs. República Árabe de Egipto, laudo, (31 de agosto de 2018), Caso No. ARB/14/4.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Fondo. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Godínez Cruz Vs. Honduras. Fondo. Sentencia de 20 de enero de 1989. Serie C No. 5.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso de la “Masacre de Mapiripán” Vs. Colombia. Sentencia de 15 de septiembre de 2005, Serie C No. 134.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso de la Masacre de Pueblo Bello Vs. Colombia. Sentencia de 31 de enero de 2006. Serie C No. 140.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Ximenes Lopes Vs. Brasil. Sentencia de 4 de julio de 2006. Serie C No. 149.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Albán Cornejo y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de noviembre de 2007. Serie C No. 171.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso del Pueblo Saramaka Vs. Surinam. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de noviembre de 2007. Serie C No. 172.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku Vs. Ecuador. Fondo y Reparaciones. Sentencia de 27 de junio de 2012. Serie C No. 245.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Gonzales Lluy y otros Vs. Ecuador. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de septiembre de 2015. Serie C No. 298.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Pueblos Kaliña y Lokono Vs.Surinam. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de 2015. Serie C No. 309.
Corte IDH. Caso Mujeres Victimas de tortura sexual en Atenco v. México.
Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de noviembre de 2018. Serie C No. 371.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Costello-Roberts v. Reino Unido,
Aplicación No. 13134/87, 25 de marzo de 1993.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Taşkin y otros v. Turquía, Aplicación No. 46117/99, 10 de noviembre de 2004.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Storck v. Alemania, Aplicación No. 61603/00, 16 de junio de 2005.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Samsonov c. Rusia, Aplicación No. 2880/10. 16 de septiembre de 2014.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Tagayeva y otross v. Rusia, Aplicación No. 26562, 09 de junio de 2015.
Corte Permanente de Arbitraje, (18 de julio de 2014), Caso No. AA 226.
Informes y resoluciones
Asamblea General de las Naciones Unidas, Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos, Compilación de las decisiones de cortes, tribunales y otros órganos internacionales, Informe del Secretario General. Adición. (20 de junio de 2017) U.N. Doc. A/71/80/Add.1.
Asamblea General de las Naciones Unidas, Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos, Compilación de las decisiones de cortes, tribunales y otros órganos internacionales, Informe del Secretario General.
Adición. (17 de abril de 2007), U.N. Doc. A/62/62/Add.1.
Asamblea General de las Naciones Unidas, Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos, Compilación de las decisiones de cortes, tribunales y otros órganos internacionales, Informe del Secretario General, (30 de abril de 2010), U.N. Doc. A/65/76.
Asamblea General de las Naciones Unidas, Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos, Compilación de las decisiones de cortes,tribunales y otros órganos internacionales, Informe del Secretario General, (30 de abril de 2013), U.N. Doc. A/68/72.
Asamblea General de las Naciones Unidas, Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos, Compilación de las decisiones de cortes, tribunales y otros órganos internacionales, Informe del Secretario General,(21 de abril de 2016) U.N. Doc. A/71/80.
Asamblea General de las Naciones Unidas, Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos, Compilación de las decisiones de cortes, tribunales y otros órganos internacionales, Informe del Secretario General. Adicion, (20 de junio de 2017), U.N. Doc. A/71/80/Add.1.
Asamblea General de las Naciones Unidas, Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos, Compilación de las decisiones de cortes, tribunales y otros órganos internacionales, Informe del Secretario General
(23 de abril de 2019), U.N. Doc. A/74/83.
Comisión de Derecho Internacional, Proyecto de Artículos sobre Responsabilidad del Estado por Hechos Internacionalmente Ilícitos, adoptado por la CDI en su 53º período de sesiones (A/56/10) y anexado por la Asamblea General de Naciones Unidas en su Resolución 56/83 del 12/12/2001, Doc. A/RES/56/83, 28/01/2002, Comentarios de la CDI al Proyecto.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y recursos naturales: protección de derechos humanos en el contexto de actividades de extracción, explotación y desarrollos, (31
diciembre 2015), OEA/Ser.L/V/II. Doc. 47/15.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Empresas y Derechos Humanos: Estándares Interamericanos, 01 de noviembre de 2019, OEA/Ser.L/V/II CIDH/REDESCA/INF.1/19.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General N°11, El derecho a una alimentación adecuada, (12 de mayo de 1999), U.N. Doc. E/C.12/1999/5.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General, No 14 “El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud”, (11 de agosto de 2000), U.N. Doc. E/C.12/2000/4.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General N°15, El derecho al agua, (20 de enero de 2003), U.N. Doc. E/C.12/2002/11.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General N°17, Derecho de toda persona a beneficiarse de la protección de los intereses
morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones
científicas, literarias o artísticas de que sea autor(a), (12 de enero de 2006), U.N. Doc. E/C.12/GC/17.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General N°18, El derecho al trabajo, (6 de febrero de 2006), U.N. Doc. E/C.12/GC/18.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General N°19, El derecho a la seguridad social, (4 de febrero de 2008), U.N. Doc. E/C.12/GC/19.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General N°21, Derecho de toda persona a participar en la vida cultural, (17 de mayo de 2010), U.N. Doc. E/C.12/GC/21/Rev.1.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General N° 24 (2017) sobre las obligaciones de los Estados en virtud del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el contexto de las actividades empresariales, (10 de agosto de 2017), E/C.12/GC/24.
Comité de Derechos Humanos, Observación general Nº 31 “Naturaleza de la obligación jurídica general impuesta a los Estados Partes en el Pacto”. 26 de mayo de 2004. U.N. Doc. CCPR/C/21/Rev.1/Add.13.
Comité de Derechos del Niño, Observación General Nº 16 sobre las obligaciones del Estado en relación con el impacto del sector empresarial en los derechos del niño, (17 de abril de 2013), U.N. Doc. CRC/C/GC/16.
Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, Recomendación General N° 35 sobre la violencia por razón de género contra la mujer, por la que se actualiza la Recomendación General N° 19, (26 de julio de 2017), U.N. Doc. CEDAW/C/GC/35.
Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Informe del Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales, John Ruggie, (7 de abril de 2008), U.N. Doc. A/HRC/8/5.
Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, Resolución 310 (1972), 4 de febrero de 1972.
Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas, (24 de abril de 2017), U.N. Doc. A/HRC/35/32.
Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas, (16 de julio de 2018), U.N. Doc. A/73/163
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