Los deberes personales de los cónyuges en el derecho argentino y una breve glosa del artículo 431 del “nuevo” Código Civil y Comercial de la Nación
Palabras clave:
derecho de familia, matrimonio, efectos personales del matrimonio, deber de fidelidad, cohabitación y asistencia, código civil y comercial de la naciónResumen
El presente ensayo aborda un tema puntual dentro del Derecho de Familia y en particular de la institución del matrimonio: los efectos personales que surgen de la unión conyugal, que son los deberes de fidelidad, cohabitación (o convivencia) y asistencia. El análisis del tema se realiza en tres secciones, a partir de la normativa pasada (derogada), presente (vigente) y futura (el “nuevo Código”) del derecho argentino en la materia. Y a su vez, sobre esta última, se aporta una mirada crítica de la regulación de la cuestión, desde una postura liberal, pluralista y respetuosa de la autonomía personal.
Descargas
Citas
AUBRY, Charles y RAU, Fréderic C., Cours de Droit Civil Français d’après l’ouvrage allemand de C.S. Zachariæ, 3ª ed., Paris, Cosse, 1856.
BASTERRA, Marcela I., “¿Puede un Estado pluralista, no confesional erigirse en “guardián” de la elección sexual de las parejas? El caso de los “swingers”, en LL 2003-E.
BORDA, Guillermo A., Tratado de Derecho Civil. Derecho de Familia, Buenos Aires, Perrot, 1977.
BUSSO, Eduardo B., Código Civil Anotado, Buenos Aires, EDIAR, 1944.
DEMOLOMBE, Charles, Cours de Code Napoléon, Paris, Durand-Hachette, 1876.
LAFAILLE, Héctor, Derecho de Familia, Buenos Aires, Biblioteca Jurídica Argentina, 1930.
LLAMBÍAS, Jorge J. y otros, Código Civil Anotado, Buenos Aires, Abeledo Perrot, 1978.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial 4.0.