Derechos de niños y niñas, y entorno digital
Palabras clave:
brecha digital, interés superior del niño, derecho al desarrollo, educación cívica digital, rol del estado, derecho a la no discriminaciónResumen
El presente trabajo se propone reflexionar sobre los aspectos positivos y negativos que conlleva el acceso de niños y niñas al entorno digital, sobre la base de algunas consideraciones señaladas por el Comité de Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas, en su reciente Observación General nro. 25. En tal sentido, arribaremos a una serie de propuestas orientadas al logro de la protección, amparo y resguardo de los derechos de estos y estas, frente a los diversos riesgos y peligros a los cuales están indefectiblemente expuestos.
Descargas
Citas
CABERO ALMENARA, Julio, “Reflexiones sobre la brecha digital y la educación”, Universidad de Sevilla, 2014, España.
Convención sobre los Derechos del Niño, 20/11/1989, Nueva York, Estados Unidos de América, e.v. 02/09/1990.
Convenio sobre Cibercriminalidad, 23/11/2001, Budapest, Hungría, e.v. 01/07/2004.
NARVÁEZ MORA, Maribel, “Neuroderecho: el sentido de la acción no está en el cerebro”, en Revista de Teoría del derecho, Año 1, Nro. 2, 2014, pp. 125-148.
Comité de los Derechos del Niño, CRC/C/GC/25, Observación general nro. 25 (2021) relativa a los derechos de los niños en relación con el entorno digital, 02/03/2021.
REALE, Julián, “Pornografía Infantil: ¿qué dice la ley argentina?”, en Argentina Cibersegura, https://www.argentinacibersegura.org/pornografia-infantil-que-dice-la-ley-argentina_227 consultado 02/05/2018.
República Argentina, “Código Penal de la Nación Argentina”, Ley 11.179, 30/09/1921.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial 4.0.