SOBRE EL DERECHO HUMANO AL AGUA Y LA FRAGMENTACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL: EL RÉGIMEN INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN DE INVERSIONES VIS-A-VIS LAS OBLIGACIONES ERGA OMNES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS
Palabras clave:
Derecho internacional, Derechos Humanos, CIADI, TBI, tratados de inversión, CDIResumen
En el año 2000 la Comisión de Derecho Internacional (CDI) incluyó dentro de sus temas de trabajo los “riesgos resultantes de la fragmentación del derecho internacional”. En el año 2006 se presentó un completo informe a la CDI, como resultado abordando lo que se conoce como la fragmentación del Derecho Internacional Público. A medida que el derecho internacional fue desarrollándose progresivamente se evidenció una tendencia hacia especializarse en un número cada vez más creciente de temas, hasta poner en riesgo su homogeneidad como rama jurídica y potenciar una posible fragmentación. Esta tendencia se ha marcado a raíz de nuevos temas que han colocado al derecho internacional en un delicado punto entre sub-áreas del derecho internacional y derechos completamente autónomos de él. En este trabajo abordamos esta problemática en relación con dos sub-ramas del derecho internacional como son el derecho de las inversiones y los derechos humanos aplicadas al agua potable.
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